Sobre la ejecución de Sentencia
2024-03-09 (updated: 2024-03-09 )
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En principio, por la virtud de la cosa juzgada, el mismo juez no podría modificar su sentencia.
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Conviene iniciar la ejecución siempre con otro juez.
2.1. En el caso de la parte demandada, si se lo demanda ante el mismo juez, es necesario pedir su recusación y la nulidad del proceso de ejecución, en su caso.